La recuperación judicial es la reorganización económica, administrativa y financiera de una empresa, realizada con la intermediación de la justicia, para evitar su quiebra.
En términos generales, una empresa necesita pasar por un proceso de recuperación cuando está endeudada y no puede generar suficientes ganancias para cumplir con sus obligaciones, como pagar a sus acreedores, proveedores, empleados e impuestos.
La negociación de un plan de recuperación es de interés no solo para el deudor que desea evitar la quiebra, sino también para las partes con las que la empresa está endeudada, ya que la recuperación es una forma de garantizar los intereses de los acreedores y empleados, gracias a posibilidad de recuperar créditos y mantener trabajos.
Las empresas que necesitan someterse a un proceso de recuperación generalmente tienen una o más de las siguientes características:
- Estado de insolvencia ya instalado o cerrado (preinsolvencia)
- Trastorno administrativo-financiero
- Empleados desmotivados
- Impuestos y problemas fiscales
- Incapacidad para generar valor
¿Cómo funciona la recuperación judicial?
El proceso de reorganización judicial se divide en tres etapas.
Fase postulatoria
Es cuando el deudor presenta la demanda solicitando su recuperación judicial. En la solicitud, debe presentar los motivos de su crisis, las cuentas de los últimos tres años, las deudas que tiene, la lista de activos privados de los propietarios de la empresa, entre otros documentos.
Para que la solicitud sea aceptada por el juez, es necesario que el empresario cumpla con los requisitos establecidos por la ley 11.101 / 2005:
- Ejercita tu actividad durante al menos dos años
- No estar en bancarrota o, si su bancarrota ya ha sido decretada en algún momento, sus responsabilidades deben extinguirse mediante un juicio final
- No haber pasado por otro proceso de reorganización judicial en los últimos cinco años.
- No haber obtenido, en los últimos ocho años, la concesión de un plan especial de reorganización judicial
- No haber sido condenado por ningún delito bajo la ley de bancarrota
Fase deliberativa
Es la etapa en la que se decidirá si la empresa puede tener derecho a una reorganización judicial o no.
Si el empresario cumple con los requisitos para tener derecho al reclamo y la documentación está en orden, el juez comenzará a procesar el reclamo del deudor. Entre los primeros pasos tomados están el nombramiento de un administrador judicial y la suspensión de todas las acciones contra el deudor.
Se contactará a todos los deudores de la compañía deudora, quienes formarán una reunión para evaluar el plan de reorganización judicial presentado por el deudor. Si los acreedores aprueban por unanimidad el plan, el juez otorgará la reorganización judicial. De lo contrario, se declarará la quiebra del empresario.
Fase de ejecución
Si hay una aprobación por parte de la reunión de acreedores, la fase de ejecución comenzará, cuando el plan aprobado se pondrá en práctica hasta que el acreedor cumpla con todas las obligaciones previstas en el acuerdo.
Si el acreedor logra pagar todas las deudas y cumplir con todas las obligaciones dentro de los términos estipulados en el acuerdo, Justice decretará el final de la reorganización judicial. Sin embargo, si durante el período de recuperación hay algún incumplimiento por parte del deudor, se declarará en bancarrota.
¿Cuál es el plan de recuperación?
El plan de recuperación es la propuesta presentada por el empresario deudor a sus acreedores para salir de la crisis.
Este plan no se limita a una solicitud para refinanciar sus deudas o una forma de posponer la bancarrota. Por el contrario, el plan debe hacer un análisis exhaustivo de la empresa, identificando sus debilidades y haciendo sugerencias para corregirlas, para que la empresa regrese a las ganancias.
Es decir, el plan de recuperación debe abordar la causa del problema , que son las fallas que causaron que la empresa se endeudara.
El plan presentado ante el tribunal debe explicar en detalle cómo la empresa tiene la intención de recuperar el estado de sus cuentas, demostrar que el proyecto de recuperación es económicamente viable y presentar informes firmados por especialistas que evalúen los activos y activos del deudor.
Al preparar un plan de reorganización judicial, primero se realiza un diagnóstico basado en la contabilidad real de la empresa. Este estudio debe analizar sus marcos impositivos y contables, recursos humanos, gestión, flujo de caja y estructura de producción, entre otros, para descubrir dónde se necesitan ajustes y correcciones.
El siguiente paso es preparar un informe de factibilidad económica , que proyectará los márgenes de ganancia y facturación en caso de que se implemente el plan.
El plan de reorganización judicial debe respetar los límites máximos para la liquidación de deudas de naturaleza laboral, que son 30 días para el pago de créditos salariales de hasta cinco salarios mínimos por trabajador y un año para otras deudas de esta naturaleza.
En el caso de las micro y pequeñas empresas , la Ley 11.101 / 2005 establece un plan especial de recuperación, con condiciones preestablecidas. Entre ellos se encuentra el pago a plazos de la deuda en 36 cuotas mensuales iguales y sucesivas, con una reexpresión monetaria e intereses del 12% anual. Este tipo de recuperación solo cubre deudas con proveedores.
Diferencia entre recuperación judicial y extrajudicial
A diferencia de la recuperación judicial, como su nombre lo indica, la recuperación extrajudicial se lleva a cabo fuera de los tribunales. El deudor negocia directamente con sus acreedores , sin el intermediario de un juez.
El plan de recuperación se define conjuntamente entre los acreedores y el deudor y, en caso de acuerdo, puede ser sometido o no a aprobación judicial.
La recuperación extrajudicial no se aplica a todos los tipos de deuda. Las deudas tributarias y laborales, por ejemplo, no pueden negociarse en un proceso de recuperación extrajudicial. Sin embargo, este recurso puede ser bastante útil en el caso, por ejemplo, de deudas con bancos, proveedores u otras empresas privadas.
La recuperación extrajudicial suele ser ventajosa porque es menos burocrática, pero más rápida y económica que la recuperación judicial, lo que la hace más accesible para las empresas más pequeñas.
Además, la recuperación extrajudicial no depende de la aceptación unánime de los acreedores . Para cerrar un acuerdo de recuperación extrajudicial, es suficiente que 3/5 de los acreedores estén de acuerdo con el plan. Si esto ocurre, su cumplimiento será obligatorio para todos, incluidos aquellos que no hayan aceptado el acuerdo propuesto.